1- Documentos Generales
- Formulario de inscripción al Máster de ESERP Business School cumplimentado y firmado por el interesado
- Copia de Pasaporte, D.N.I o tarjeta de identidad de país europeo. La copia deberá ser compulsada en ESERP presentando el original
- 1 fotografía a color tipo pasaporte (en el caso de envió por soporte mail, debe ser de alta resolución)
- Curriculum Vitae actualizado en castellano o inglés
- Carta de Motivación en castellano o inglés
- Tasas de Matrícula: Se deberá remitir documento acreditativo de ingreso de primer pago que deberá incluir el importe de Inscripción.
- Acreditar nivel de idioma en el que se cursa el Master, mediante Certificado o entrevista.
- Presentar documentos originales en la sede a su llegada
2- Requerimientos de Acceso programa y titulación Eserp Business School
El acceso a los Programas y titulaciones de Master & MBA de ESERP requiere cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Informe de Vida Laboral
- O bien, carta con membrete firmada y sellada por la empresa en que se acredite el periodo trabajado y el puesto ocupado. Pueden entregarse más de una carta de diferentes empresas siempre y cuando el total sume 4 años
- Acceso mediante Título Universitario 180 ECTS o equivalente.
3- Requerimientos de Acceso para la titulación de la universidad colaboradora
Eserp Business School, ofrece la obtención de una doble titulación con las diversas universidades e instituciones, con las que mantiene acuerdos de colaboración educativa.
- Presentar Título original para realizar copia compulsada en la sede.
- En su defecto, puede presentar el Original del Suplemento Europeo al Título (SET), o su equivalente; Diploma Supplement (DS), o (ECS)- Europass Certificate Supplement.
- Presentar Título original para realizar copia compulsada así como presentar el Certificado Académico Personal.
- En su defecto, puede presentar el Original del Suplemento Europeo al Título (SET), o su equivalente; Diploma Supplement (DS), o (ECS)- Europass Certificate Supplement
*(EEES)http://www.ehea.info/pid34250/members.html
Requisitos titulados por Institución Universitaria extranjera
En el caso de que los estudios con los que se accede a la preinscripción de Máster estén cursados en una institución de EEES, tanto el título como el certificado académico (notas) deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de origen.
-Además, tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- Legalización. Sólo para Títulos de Instituciones Universitarias en territorios no miembros de la UE y pertenecientes al EEES
- Traducción legalizada de los documentos que no hayan sido expedidos en castellano, en catalán, en inglés, en francés, en italiano o en portugués.
Proceso de legalización de documentos académicos expedidos en el extranjero (países no miembros de la UE)
La información correspondiente al proceso de legalización debe ser facilitada por la universidad donde se han cursado los estudios, la autoridad competente o los servicios consulares del país de origen de los documentos.
Los trámites necesarios para la legalización y, por tanto, para que estos documentos tengan validez en el Estado Español, varían según el país de procedencia de los estudios o títulos, en función de si existe algún Convenio Internacional aplicable.
- Países que han suscrito el Convenio de La Haya de 05/10/1961:
Apostilla: Las autoridades competentes del país tienen que realizar el reconocimiento de las firmas de los responsables académicos y deben extender la oportuna Apostilla.
La Apostilla debe figurar sobre el documento original.
Países del Convenio de La Haya
- Presentación Título Oficial y Certificado Académico Personal, ambos legalizados, que acrediten el acceso a cursos de postgrados.
- En su defecto, se requiere Documento expedido por la Universidad que lo acredite.
Requisitos titulados por Institución Universitaria extranjera:
En el caso de que los estudios con los que se accede a la preinscripción de Máster estén cursados en una institución de educación superior extranjera, tanto el título como el certificado académico (notas) deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de origen.
Además, tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- Legalización. Sólo para Títulos de Instituciones Universitarias en territorios no miembros de la UE y no pertenecientes al EEES
- Traducción de los documentos que no hayan sido expedidos en castellano, en catalán, en inglés, en francés, en italiano o en portugués
Proceso de legalización de documentos académicos expedidos en el extranjero:
La información correspondiente al proceso de legalización debe ser facilitada por la universidad donde se han cursado los estudios, la autoridad competente o los servicios consulares del país de origen de los documentos.
Los trámites necesarios para la legalización y, por tanto, para que estos documentos tengan validez en el Estado Español, varían según el país de procedencia de los estudios o títulos, en función de si existe algún Convenio Internacional aplicable.
Los diferentes procedimientos de legalización son los siguientes:
A) Países que han suscrito el Convenio de La Haya de 05/10/1961:
Apostilla: Las autoridades competentes del país tienen que realizar el reconocimiento de las firmas de los responsables académicos y deben extender la oportuna Apostilla.
La Apostilla debe figurar sobre el documento original.
Países del Convenio de La Haya
B) Países que han suscrito el Convenio Andrés Bello (Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, España, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela) y resto de países.
Deberán ser legalizados por vía diplomática, para ello se deberá presentar la documentación en:
- El Ministerio de Educación del país de origen, para el reconocimiento de las firmas que figuran en el documento original.
- El Ministerio de Asuntos Exteriores del país de origen, para la legalización del reconocimiento de firmas efectuado en el Ministerio de Educación.
- El Consulado Español en el país de origen, para el reconocimiento de la firma de la anterior legalización.
Es necesaria la acreditación de un mínimo de 4 años de experiencia profesional.
Puede acreditarse:
- Informe de Vida Laboral
- O bien, carta con membrete firmada y sellada por la empresa en que se acredite el periodo trabajado y el puesto ocupado. Pueden entregarse más de una carta de diferentes empresas siempre y cuando el total sume 4 años.
-La Uvic-Universitat Central de Catalunya otorgará al superar el programa de Máster, un Titulo de Certificado de Especialización.
Información Adicional
Los documentos que no hayan sido expedidos en castellano, en catalán, en inglés, en francés, en italiano o en portugués han de presentarse acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano o al inglés en la que conste el sello del traductor.
En el caso de documentos que han de ser legalizados, la traducción oficial debe realizarse una vez se ha concluido el trámite de legalización del mismo y, por tanto, la traducción oficial debe incluir el procedimiento de legalización de firmas. En cualquier caso, la presentación de la traducción oficial no exime de presentar el documento original.
La traducción al español podrá hacerse:
- Por Traductor jurado, debidamente autorizado o inscrito en España.
- Por la Oficina de interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación español.
- Por la UNESCO, la oficina del Centro Iberoamericano de Cooperación o cualquier otra organización reconocida por España.
- Por cualquier Representación diplomática o consular del Estado español en el extranjero.
- Por la Representación diplomática en España del país de que es súbdito el solicitante o, en su caso, del de procedencia del documento.
La presentación de la documentación en formato electrónico con la solicitud de ADMISIÓN, será requisito para la tramitación de la misma pero en ningún caso exime de su presentación en papel.
Es de obligado cumplimiento, por tanto, mostrar en la Sede de ESERP, la totalidad de los documentos originales antes del final del mes siguiente al inicio del curso lectivo de los estudios, y sobre los que se efectuará la correspondiente copia y compulsa.
La no presentación de la documentación dentro del plazo antes señalado supone la renuncia a la titulación expedida por la universidad colaboradora.